«La Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía dispuso, a través de la Resolución 2024-267 que saldrá mañana en el Boletín Oficial, que las facturas de servicios esenciales deben contener de forma única y exclusiva la descripción y el precio correspondiente al servicio contratado por el consumidor, quedando prohibido incluir cargos ajenos a la naturaleza del servicio», anunció el funcionario nacional.
De esta manera, los municipios, que suelen incluir cargos dentro de las boletas de luz, gas y otros servicios, ya no tendrán esa herramienta que les garantizaba un margen de cobrabilidad.
Fuente: DIN