CEPA: Tarifas del Servicio de Distribución de energía eléctrica

Desde la Cooperativa Eléctrica Punta Alta recuerdan a los usuarios que en las últimas semanas se aprobaron dos nuevos cuadros tarifarios, con pocos días de diferencia entre ambos, los cuales se verán reflejados paulatinamente en las facturas de energía eléctrica durante los siguientes meses, a partir del mes de Abril.

* Resolución 198/24 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Pcia. de Bs. As.
Vigencia: a partir de los consumos registrados desde el 1 de Febrero.

Esta variación obedece exclusivamente a la transferencia al cuadro tarifario, del incremento de los precios mayoristas de la energía y a la eliminación de subsidios aprobada por la Secretaría de Energía de la Nación. Incidencia promedio por categoría de usuario:
– Residencial Nivel 2 (bajos ingresos) y Nivel 3 (ingresos medios) con consumo hasta 400 kwh mensuales, beneficiarios de la Tarifa Social: sin variación.
– Beneficiarios de los regímenes de Clubes de Barrio y Pueblo y Entidades de Bien Público: sin variación.
Residencial Nivel 1 (altos ingresos) y Nivel 3 (ingresos medios) con consumo superior a 400 kwh mensuales: incremento del 90%.
– Servicios Generales (comercios y pequeñas industrias), medianas y grandes demandas y alumbrado público: incrementos entre el 120 y 150%.

Los incrementos señalados se verán reflejados a partir de las facturas que se distribuirán durante el mes de Abril, cuyos vencimientos se registrarán en los meses de Abril y Mayo.

* Resolución 284/24 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Pcia. de Bs. As.
Vigencia: a partir de los consumos registrados desde el 15 de Marzo.

Este cuadro tarifario obedece a la actualización del componente conocido como Valor Agregado de Distribución (V.A.D.), cuyo destino es afrontar los costos de construir, operar, mantener, reparar y expandir la infraestructura eléctrica. Su última actualización (10%) se había registrado en Noviembre de 2023.
Incidencia promedio por categoría de usuario:
– Residencial Nivel 2 (bajos ingresos) y Nivel 3 (ingresos medios) con consumo hasta 400 kwh mensuales, beneficiarios de la Tarifa Social: incremento entre el 200 ? el 250%.
– Beneficiarios de los regímenes de Clubes de Barrio y Pueblo y Entidades de Bien Público: incremento entre el 200 y el 250%.
– Residencial Nivel 1 (altos ingresos) y Nivel 3 (ingresos medios) con consumo superior a 400 kwh mensuales: incremento del 50%.
– Servicios Generales (comercios y pequeñas industrias), medianas y grandes demandas y alumbrado público: incrementos entre el 50 y 70%.

Los incrementos señalados se verán reflejados a partir de las facturas que se distribuirán durante los meses de Mayo y Junio.

Las distribuidoras y cooperativas eléctricas de la Provincia de Buenos Aires, adquieren la energía en el Mercado Eléctrico Mayorista, al precio que fija la Secretaría de Energía de la Nación, y la distribuyen a sus Usuarios aplicando la tarifa vigente que es sancionada por el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires.

En otras palabras, las distribuidoras eléctricas tienen sus costos e ingresos regulados por el Estado Nacional y Provincial, y no poseen facultades para fijar la tarifa del servicio público concesionado.