Según la Resolución General N.º 5360, aumentó el monto a un límite mensual de $4.056 por beneficiario y de $8.114 para aquellos que cobren dos o más beneficios, según rige desde este mes.
Los reintegros se acreditan en forma automática cuando los beneficiarios realizan compras en todo tipo de comercios con la tarjeta de débito asociada a la cuenta en la cual perciben sus prestaciones.
Mientras que el reintegro también está previsto para las operaciones abonadas con esas tarjetas bajo la modalidad de pago electrónico inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR).
Según comunicó la AFIP, el régimen abarca a aquellos productos que se comercializan en negocios dedicados a la venta al por menor y al por mayor como mini, súper e hipermercados, sumado a los que realicen venta de productos alimenticios únicamente, que se encuentran inscriptos ante la AFIP.
También están alcanzados los kioscos y farmacias, siempre y cuando el beneficiario abone con tarjeta de débito.
La condición para el reintegro es que la tarjeta de débito esté asociada a la cuenta bancaria del jubilado, pensionado o titular de asignaciones universales por hijo o embarazo.
De los contrario, aunque quien realiza la compra sea titular de alguna de las asignaciones, el reintegro no podrá ser aplicado.
A quiénes alcanza el beneficio
El monto a reintegrar se acreditará dentro de las 24 y 48 horas hábiles posteriores a efectuada la compra según el horario en que se haya realizado, con la tarjeta de débito donde la persona cobra la asignación, pensión o jubilación.
Según dicta la normativa, los reintegros del 15% son para todas aquellas personas que cobren la jubilación o pensión mínima o sean beneficiarios de una pensión no contributiva nacional mínima, para los titulares de la asignación universal por hijo (AUH) y de la asignación universal por embarazo (AUE).
Quienes reciben dos o más de los beneficios mencionados, acceden automáticamente al tope de reintegro de $8.114.
Mientras que las compras realizadas con la Tarjeta Alimentar no están alcanzadas por el beneficio del reintegro a sectores vulnerados.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó este martes que incautó más de 420 toneladas de granos -fundamentalmente soja y maíz- que no contaban con documentación respaldatoria, con un valor de mercado equivalente a $27 millones.
Fue en el marco de un operativo llevado adelante por inspectores de la Dirección General Impositiva en un establecimiento de acopio ubicado en la localidad cordobesa de Achiras.
El personal de la AFIP constató en el lugar que la firma no contaba con la documentación respaldatoria del ingreso de 128 toneladas de soja y 300 toneladas de maíz, ni tampoco el registro válido que acreditara la adquisición de esas materias primas.
Por las inconsistencias comprobadas los agentes procedieron a incautar la mercadería, por un total de 428 toneladas, equivalente a la capacidad de carga de 14 camiones, con valor en el mercado de los granos de $27 millones. Del procedimiento también participaron miembros de la policía de Córdoba.
“Estas acciones buscan garantizar el cumplimiento de la normativa vigente para evitar que los distintos actores de la cadena cometan irregularidades que redunden en competencia desleal para los productores legítimos”, finalizó el comunicado.
Fuente: Diario Popular