Del total de las altas procesadas el año anterior, el impacto sectorial mostró una mayor incidencia en la industria manufacturera, con 36.648 casos, seguida por el comercio con 32.630 y la construcción con 25.311. En términos demográficos, la distribución territorial evidencia una fuerte concentración en el territorio bonaerense: “Residían 44.145 en la provincia de Buenos Aires”, mientras que en Santa Fe se contabilizaron 7.675, en Córdoba 7.825 y en la Ciudad de Buenos Aires 6.720.
El marco normativo vigente establece que tienen derecho a esta prestación quienes hayan estado en relación de dependencia bajo la ley 24.013 y sufran un cese laboral por causas externas. Entre los requisitos fundamentales se destaca el “haber tenido al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido”. Durante el período de cobertura, que se extiende hasta 12 meses, los beneficiarios mantienen la obra social, las asignaciones familiares y el cómputo de la antigüedad para la jubilación.
En cuanto al esquema de pagos, el monto es descendente: los primeros cuatro meses se percibe el 100%, del quinto al octavo el 80%, y del noveno al duodécimo el 70%. Según lo dispuesto por el Consejo del Salario Mínimo en 2023, la prestación debe ser “equivalente al 75% de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los 6 meses anteriores al cese laboral”, aclarando la Resolución que en ningún caso el monto podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente ni superior al 100%.
