El ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires destacó la importancia de contar con un sistema de teleconsultas al servicio de los ciudadanos bonaerenses, ya que «las consultas virtuales contribuyen a ordenar la atención presencial, descomprimir las salas de espera y facilitar la atención desde donde estés».
En esa línea, la cartera sanitaria recordó que en pocos pasos, a través del sitio web Mi Salud Digital Bonaerense, se puede ingresar al ChatBot especializado y seleccionar la opción Telemedicina. Las consultas pueden ser personales, para terceros e incluso para menores de 13 años a cargo.
La diputada del bloque UCR+Cambio Federal explicó que su iniciativa busca que el Congreso modifique el artículo 71 incisos b y c del Código, que prohíben la apertura de sitios gastronómicos dedicados a vender alcohol y los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados durante la jornada electoral.
Vacío legal
En su proyecto, Lordén explica que en las pasadas elecciones bonaerenses numerosos comercios tuvieron que cerrar sus puertas a causa de la veda regida por el Código Electoral. Sin embargo, la legisladora radical menciona que los comicios provinciales están amparados por la Ley 5.109, que solo expone como prohibición la venta de alcohol, generando un vacío legal entre la Constitución provincial y la nacional.
“Para modificar este comportamiento en el inconsciente colectivo resulta indispensable reformar la Ley Nacional 19.945, que contiene restricciones más amplias, y en un segundo paso, adecuar la normativa provincial. La legislación bonaerense únicamente impone la restricción respecto de las bebidas alcohólicas”, dispuso Lordén.
“Otro momento histórico”
En ese sentido, la legisladora oriunda de Saladillo consideró que si bien hay prohibiciones razonables para prevenir disturbios, como la venta ambulante o la actividad de comerciantes en las inmediaciones de locales partidarios, algunas de ellas fueron “concebidas en un momento histórico muy distinto y hoy generan consecuencias negativas”.
“La prohibición de actividades culturales constituye un menoscabo para la ciudadanía. La cultura no debe ser entendida como un factor perturbador del acto electoral, sino como un derecho humano reconocido internacionalmente y un espacio de encuentro, reflexión y cohesión social. Restringir su ejercicio en una jornada democrática resulta contradictorio, ya que priva a la población de instancias de participación, expresión y recreación que fortalecen el tejido comunitario”, justificó Lordén.
Perjuicio económico
Por otra parte, la diputada de la oposición reflexionó que la prohibición de la venta de bebidas alcohólicas ocasiona un perjuicio económico contra los gastronómicos, que se agrava más con la crisis que atraviesa el sector producto de la caída del consumo.
“Restaurantes, bares, confiterías y servicios de catering ven reducida su actividad en un día de alta demanda potencial, sin que exista evidencia de que esta medida contribuya de manera efectiva a la transparencia o a la seguridad del proceso electoral”, escribió la autora del proyecto.
Por último, Lordén remarcó que mantener vigentes ambas prohibiciones causaría sostener “restricciones anacrónicas que afectan derechos culturales, limitan libertades individuales y generan un daño económico innecesario. Por eso, este proyecto impulsa su revisión para adecuar nuestra normativa electoral a los valores democráticos y a la realidad social y económica actual”.
Fuente: (DIB)