Las medidas de alivio que tomó el Gobierno durante la campaña electoral empiezan a llegar a su fin. Este martes vence la suspensión de medidas cautelares contra las pymes que dispuso la AFIP para los últimos 90 días.
En el organismo anticiparon a Página12 que aplicarán una prórroga hasta el 30 de noviembre, el mismo día que vence el plazo para adherir al plan de pagos a 10 años. La prorroga fue adelantada por fuentes de la AFIP, aunque la comunicación oficial todavía no fue publicada.
En la práctica, esto significará que el lunes 2 de diciembre volverán las notificaciones por deudas ante la AFIP, que en la medida que no se resuelvan, implican el embargo de cuentas bancarias a pymes. Desde pequeñas y medianas empresas aseguran que la prorroga es una buena noticia, pero se muestran preocupadas ante la falta de un plan cuando se produzca el vencimiento a fin de mes. Temen que regrese la “lluvia de embargos” y aseguran que desde el actual Gobierno hay “ensañamiento contra el sector productivo”.
El 14 de agosto, tres días después de las elecciones primarias y dos días después de la disparada del dólar de 45 a 60 pesos, el presidente Mauricio Macri anunció un paquete de medidas para “llevar alivio” a pymes y trabajadores. «Queremos ayudar a las pymes porque reconocemos su valor y sabemos las deudas que están teniendo”, había asegurado en conferencia de prensa. Días más tarde, el 21 de agosto, fue publicado en el Boletín Oficial la Resolución 4557, que establecía la suspensión por 90 días corridos desde el 14 de agosto a “la traba de medidas cautelares”, correspondientes a micro, pequeñas y medianas empresas.
Esto significó que durante 90 días las pymes no recibieron ninguna medida cautelar por deudas impagas. Este martes 12 de noviembre, la medida llegó a su fin y será renovada hasta el 30 de noviembre, informaron fuentes de AFIP. “En estos tres meses, las pymes no se enteraban si tenían deuda, y la AFIP no avanzaba con reclamos”, informó a este diario el contador Ezequiel Passarelli.
Según explicó el tributarista, cuando una empresa tiene una deuda, recibe una notificación en el domicilio fiscal electrónico. Diez días más tarde, recibe otra notificación, en la que se establece que si no hay una respuesta, puede haber acciones judiciales. A los 30 días, la firma tiene una medida cautelar, en la que se envía un oficio a sus bancos y se embargan las cuentas bancarias por el monto de la deuda, los intereses generados y los honorarios de los abogados. En caso de que se pague la deuda, el embargo suele levantarse a los 10 días hábiles.
“En diciembre van a volver a caer las notificaciones de deuda, y si las empresas no responden a los 5 días, van a volver los embargos”, informó Passarelli. Las deudas suelen ser por montos impagos de impuestos relacionados con el IVA, cargas sociales o Ganancias.
Una de las formas de pagar estas deudas es con el plan de pagos que lanzó el Gobierno la misma fecha que anunció la suspensión de las cautelares. Había sido reglamentado el 21 de agosto para deudas vencidas hasta el 15 de ese mes, con la posibilidad de pagar en hasta 120 cuotas con una tasa máxima del 2,5 por ciento mensual. Hasta ese momento, las deudas vencidas tenían un tope de 60 cuotas. Los contribuyentes podían inscribirse entre septiembre y octubre, pero luego se dispuso la extensión del plazo hasta el 30 de noviembre. Esa misma fecha será también la que terminen la suspensiones de medidas cautelares.
Entre los actores del sector empresarial, una de las agrupaciones que más exigió la continuidad de la suspensión de las medidas cautelares fue Mujeres Argentinas por las Pymes, que nuclea a empresarias y emprendedoras de todo el país. «A días de que lluevan los embargos masivos contra las pymes, proponemos la implementación de un plan de moratoria impositiva. El Gobierno actual es el responsable y debe dar una solución a esta grave problemática que se plantea», escribieron en un comunicado.
Desde la agrupación aseguran que la actual gestión económica tuvo un “ensañamiento con el sector productivo” y solicitan que desde diciembre se ejecute un período de gracia o un plan de moratoria para “poner en marcha la producción”. Además, critican el plan de pagos a 10 años porque consideran que las primeras cuotas con «muy elevadas». Además, aseguran que las condiciones de caducidad de los planes son «muy reducidas», al estar limitadas a tres cuotas impagas, teniendo en cuenta que el plan puede extenderse hasta 10 años.
Fuente: Página 12